Gremial

OBRA SOCIAL PROVINCIA

Desde ahora la entidad dará una cobertura del 100% del servicio de un Docente Auxiliar Integrador (DAI)

Finalmente, y tras varios años de manifestaciones y hasta de acciones judiciales, los afiliados de la Obra Social Provincia (OSP) que tienen hijos con discapacidad lograron un beneficio de gran valor. A partir de ahora, la entidad brindará cobertura del 100% del servicio de un Docente Auxiliar Integrador (DAI), una prestación que hasta el momento se negó a otorgar.

Miguel Greco, su actual interventor, adelantó que los afiliados ya pueden tramitar este beneficio que comenzará a regir desde el mes que viene. Dijo que se evaluará cada caso y que de eso dependerán los requisitos exigidos, aunque hay uno general para todos que es la prescripción de los especialistas de que el chico necesita de un DAI.


Para acceder a la prestación, el afiliado directo deberá reunir la siguiente documentación y requisitos:

•Nota de solicitud de Cobertura

•Copia del Certificado Único de Discapacidad junto con el pedido médico y diagnóstico que Justifique la prestación e historia clínica con objetivos terapéuticos del equipo tratante.

•En caso de no poseer CUD, deberán presentar certificado del profesional médico especialista (psiquiatra o neurólogo) e historia clínica con objetivos terapéuticos sugeridos.

•Tanto afiliados con o sin CUD, deberán adjuntar el informe evolutivo del afiliado a incorporar que estará a cargo del Gabinete Interdisciplinario del establecimiento educativo al que asiste.

•En este informe, el gabinete deberá evaluar el acompañamiento y perfil del DAI, de acuerdo a las necesidades de aprendizaje de la alumna o alumno.

•Acta compromiso que deberán firmar los padres, representantes del establecimiento educativo y el o la DAI

• Certificado de alumno regular expedido por la institución educativa a la que asiste el afiliado, indicando el curso o grado y el turno.

• Constancia de CBU del docente auxiliar integrador para la acreditación del pago por sus servicios.

A demás se deberá presentar trimestralmente un informe del Gabinete Interdisciplinario del establecimiento educativo que determine el progreso del alumno o alumna y la conveniencia de la continuidad de este servicio. El informe deberá consignar un análisis de la labor del DAI en relación con el asistido y la pertinencia de su continuidad.


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